Democracia directa

(Radical ó cara a cara)

Por:   Iván G. Fernández Paz (*)


Resulta ser la forma más efectiva de Gobierno Popular en la que grupos de ciudadanos reunidos en asamblea, concejo ó tribunal, toman parte en los debates y deliberan orientados a efectuar decisiones que van a regular la vida y costumbres de  su entorno social, pudiendo hasta en ciertos casos vetar o corregir legislación existente.
 

La soberanía reside en el pueblo, y es ejercida inmediatamente por él sin necesidad de elegir representante alguno."Se considera tan bueno este tipo de Democracia, que a nuestra casta política Latina no le agrada, aduciendo sin fundamento alguno el no estar preparados; por lo tanto, debe de nacer de la presión popular".  Las tribus Germánicas (bárbaros Sajones y Anglos) seguían este sistema en oposición al sistema impuesto por el imperio romano, siendo luego asumido y trasladado a la Britania (Inglaterra) en donde se fortaleció, luego con el devenir de los tiempos fue transmitido a sus colonias en sus conquistas (Commonwealth).

 

Entre las expresiones más representativas de Democracia Directa tenemos:

 

A) Jurado Popular (Heliaía): (Solón - Grecia 638a.c. – 558a.c.) Institución siempre ligada al concepto de democracia como alejada de toda forma de autoritarismo expresada mejor en las naciones anglosajonas, pero con mayor aceptación y disponibilidad de adopción en cada vez más naciones del orbe. Los tribunales de jurados permiten al pueblo participar en el ejercicio de la administración de justicia y como tal es el modelo de la máxima expresión democrática participativa directa concebida para preservar la paz social con efecto ampliamente vinculante e imperativo. El jurado es una pieza clave en un estado democrático, tal institución es el paradigma del orden público incluido dentro del sistema jurídico (Poder Judicial) siendo considerado por USA como la contribución a que su país sea la nación más grandiosa en la historia de la civilización.

 

B) Gran Jurado: Organismo judicial creado en Inglaterra (S XII) con el propósito de quitarle poder absolutista al rey bajo la premisa de “El rey manda pero no gobierna”. Los norteamericanos, perfeccionaron la institucionalidad del mismo y lo convirtieron en un cuerpo investigativo - consultivo con autonomía de ver pruebas, interrogar testigos, requerir evidencia, etc.  coordinando con la fiscalía, estableciendo que, para la existencia de acusación a algún individuo por el Estado, un grupo de ciudadanos congéneres (no juristas) deben determinar si hay causa de hechos o no, para acusar, y de existir los mismos derivarlo luego a un juicio por Jurado popular.

 

Para los decepcionados de la democracia tradicional, la democracia directa es un buen aliciente para volver a creer en la institucionalidad de la misma; no obstante el ingreso de aires renovadores demócratas en América Latina, se hace contraproducente el por qué las instituciones del Jurado nunca han sido promovidas por los países del Norte de nuestro continente hacia sus hermanos latinoamericanos, no será que no les agrada la idea de que adoptemos la institución que los hizo realmente grandes.

 

La premisa establecida para éste tipo de Democracia altamente vinculante se sustenta en: “Deber de Votar = Derecho a juzgar”; y en un verdadero y efectivo Equilibrio de Poderes, en donde el Poder Ejecutivo es de UN Presidente, el Poder Legislativo es de VARIOS Congresistas (Diputados o Senadores) y el Poder Judicial es compartido entre la Magistratura y TODOS los ciudadanos.

 

Tales premisas, se sustentan mejor en la frase célebre del filósofo Montesquieu mencionada en su insigne obra el Espíritu de las leyes (1748): “El poder de juzgar no se puede dar a un senado permanente, debe ejercerse por personas salidas del pueblo en la forma que lo establezca la ley para formar un tribunal transitorio, este es el único medio como el terrible poder de juzgar no se vincule a un estado, a ninguna profesión y se haga invisible y nulo”.

 

 

 

(*) ANALISTA –

 

Asociación Civil Promoviendo Desarrollo / Director del PROYECTO JURADOS (PRO-JURADOS)

 

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