INDECOPI recompone quórum que resolverá apelaciones en caso Doe Run Perú S.R.L.

Vocal Juan Ángel Candela seguirá en el proceso  y apelaciones serán resueltas en los próximos días.

El Tribunal del INDECOPI declaró infundado el pedido de recusación presentado por Doe Run Cayman Limited contra el Sr. Juan Ángel Candela Gómez de la Torre. La decisión de la máxima instancia administrativa significa que el mencionado vocal seguirá en el proceso y -junto a los demás miembros de la Sala de Defensa de la Competencia Nº 1 (SC1)- resolverá las apelaciones presentadas en el procedimiento concursal que se sigue a la empresa Doe Run Perú S.R.L.

En cuanto a las abstenciones de los vocales de la misma SC1, Juan Luis Avendaño y Alfredo Ferrero Diez Canseco, el Tribunal del INDECOPI decidió reemplazarlos por Teresa Mera Gómez y María Soledad Ferreyros.

De esta manera, quedó completo el quórum de vocales de la SC1 que resolverá las apelaciones en los próximos días. Las mismas están relacionadas al reconocimiento de créditos (deudas) de Doe Run Cayman LTD, el reconocimiento de créditos del Ministerio de Energía y Minas por la implementación del Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) y la suspensión de la instalación de la junta de acreedores de Doe Run Perú S.A.

Como INDECOPI informó oportunamente, la SC1 se quedó sin quórum debido a que Avendaño y Ferrero pidieron abstenerse del proceso por razones personales, mientras que la empresa Doe Run Cayman LTD recusó a Candela para que no siga participando en el caso. La ley exige que el quórum de la sala se establezca con al menos cuatro de sus cinco miembros.

INDECOPI ratifica la transparencia de los procesos y reitera que el caso de Doe Run Perú S.A. no será visto en ninguna sala adhoc, sino que recibirá el mismo tratamiento que se otorga a todos los procesos concursales.