Hasta el 31 de enero empresas deben presentar programa de capacitación de trabajadores del 2011, recuerda la CCL

Inversión en capacitación de trabajadores es deducible para fines del Impuesto a la Renta.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recuerda que las empresas tienen como plazo hasta el 31 de enero próximo para presentar el programa de capacitación de sus trabajadores durante el 2011 para cumplir con sus obligaciones con el Ministerio de Trabajo y a fin de que esta inversión sea deducible para el pago del Impuesto a la Renta.

 

Según la Ley de Promoción a la Inversión en el Capital Humano, que modifica la Ley del Impuesto a la Renta y se publicó en enero de 2010, se flexibilizan las disposiciones del impuesto a la renta, para que las empresas puedan deducir el gasto tributario por capacitación de los trabajadores hasta por un monto máximo equivalente al 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio.

Según la norma, las empresas deben presentar al Ministerio de Trabajo, a través de su portal web institucional, su programa de capacitación con carácter de Declaración Jurada y sin costo alguno.

Obligación y no requisito

La CCL explica que todas las empresas privadas que pretendan hacer uso de la deducción del gasto por inversión en capital humano están obligadas a presentar el programa de capacitación.

Sin embargo, la presentación del programa de capacitación constituye una obligación administrativa de carácter formal con el Ministerio de Trabajo, y no un requisito constitutivo para deducir los gastos de capacitación. En ese sentido, el incumplimiento de dicha obligación constituye una infracción laboral y no tributaria.

Cómo presentar el programa

En el programa de capacitación se deberá consignar el número de trabajadores de la empresa; la modalidad de la capacitación, fecha de inicio y término de ésta; número de horas de capacitación, nombre y número de Registro Único de Contribuyente (RUC) del centro de capacitación, nómina de trabajadores capacitados, entre otras.

El texto de la RM Nº 338-2010-TR así como el anexo que contiene los datos que deben consignar los empleadores (Programa de Capacitación) puede ubicarse en: http://www.mintra.gob.pe/archivos/file/SNIL/normas/2010-12-31_338-2010-TR_1235.pdf