En el editorial del diario limeño Perú21 del 21 de junio de este año, con el título “El poder a raya”, se lee:

 

Así lo decidieron los tribunos al declarar fundada la demanda competencial planteada por el Legislativo contra el Ejecutivo del golpista Pedro Castillo sobre la cuestión de confianza. Anuló, por consiguiente, el infame e inconstitucional acuerdo del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2022, suscrito, entre otros, por el ahora investigado Aníbal Torres y el entonces canciller César Landa

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Comentario


El diario incurre en impropiedad léxica al decir “tribunos”. El hecho de ser magistrados del Tribunal Constitucional (TC) no otorga a dichas personas la cualidad de “tribunos”. Además, los tribunales también pueden ser del Poder Judicial, el TC no es el único tribunal.

El término proviene del latín tribūnus, 'magistrado romano'. Eran los magistrados elegidos por el pueblo romano reunido en tribus y podían vetar las resoluciones de Senado y proponer plebiscitos. Entre los más famosos se cuenta a Cicerón, los hermanos Tiberio y Cayo Graco.

La definición de tribuno, incluso señalada por el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE), precisa que el tribuno es el “orador político que mueve a la multitud con elocuencia fogosa y apasionada.”

Un magistrado del TC en el Perú no necesariamente es un gran orador y no debe ser político.

Sería mejor decir no sólo magistrado, sino magistrado del TC, según lo que quisieron expresar los autores, que buscaron diferenciarlos de magistrados de otras instituciones, pues creen que los del TC son tribunos.

 

Podríamos decir:

 

Así lo decidieron los magisrados del TC al declarar fundada la demanda competencial planteada por el Legislativo contra el Ejecutivo del golpista Pedro Castillo sobre la cuestión de confianza. Anuló, por consiguiente, el infame e inconstitucional acuerdo del Consejo de Ministros del 24 de noviembre de 2022, suscrito, entre otros, por el ahora investigado Aníbal Torres y el entonces canciller César Landa.