mesias guevara amasifuen 4El congresista Mesías Guevara, miembro titular de la Comisión de Ciencia y Tecnología, presentó el Proyecto de Ley de los Sistemas Regionales de Innovación (SRI), los mismos que vendrían a ser espacios de coordinación y articulación creados por los Gobiernos Regionales y Locales con participación de las instituciones científicas, tecnológicas y de innovación, los sectores productivos y la sociedad civil, para el planeamiento, ejecución, seguimiento y evaluación de los programas y actividades de investigación, desarrollo e innovación que se realicen dentro de su territorio, vinculándolos con los programas nacionales y los que se ejecuten en otras Regiones del país.

Los Sistemas Regionales de Innovación tendrán como finalidad promover una cultura científica, tecnológica y de innovación en el ámbito regional, cuyo desarrollo permita el crecimiento sostenido del uso del conocimiento científico y tecnológico para la transformación productiva de las Regiones hacia nuevos bienes y servicios de mayor valor agregado local, generando así un crecimiento cuantitativo y cualitativo de la mano de obra de las Regiones.

Estarán conformados por el Gobierno Regional, los Gobiernos Locales de la Región, las Universidades de la Región, las Cámaras de Comercio de la Región, los Colegios Profesionales con sede en la Región, las Asociaciones de Productores de la Región, los representantes de instituciones públicas vinculadas con el tema de la investigación, desarrollo e innovación.  Las organizaciones sin fines de lucro que trabajan en temas de ciencia, tecnología e innovación instaladas en la Región.

Los Sistemas Regionales de Innovación tendrán como funciones establecer políticas de mediano y largo plazo orientadas al fortalecimiento de la base científica y tecnológica, la transferencia y extensión tecnológica, el fomento a la innovación como herramienta destinada a lograr alto valor agregado en sectores capaces de competir en mercados de exportación, y al logro de una mayor eficiencia de la Región en todas las actividades productivas y en la atención de las necesidades sociales.

Igualmente, promover una cultura científica, tecnológica y de innovación dentro del territorio regional. Identificar las potencialidades de la Región y diseñar políticas que permitan su aprovechamiento sostenible. Identificar las carencias de la infraestructura tecnológica dentro de la Región y proponer los proyectos que permitan superar esas carencias. Fomentar la vocación temprana por la investigación desde los centros educativos, para el desarrollo futuro de nuevos científicos e ingenieros.  Mejorar la formación universitaria y tecnológica de la Región, propiciando el intercambio de alumnos y profesores con otras Universidades e Institutos del país y del exterior.

Los Sistemas Regionales de Innovación también deberan favorecer el desarrollo de empresas de base tecnológica y de emprendimientos de alta tecnología, que permitan la creación de nuevos sectores y la incorporación de nuevas tecnologías en sectores tradicionales. Orientar las actividades de investigación, desarrollo e innovación a mejorar la competitividad de la producción y la exportación de bienes y servicios de mayor valor agregado, asignando recursos mediante fondos concursables de alcance regional.

Además, los SRI podrán aprobar los Programas Regionales de Ciencia, Tecnología e Innovación que los miembros del Sistema Regional pongan a su consideración. Y aprobar la Agenda Regional de Innovación de mediano plazo.

Los Sistemas Regionales de Innovación serán dirigidos por un Comité de Gestión, integrado por el Presidente del Gobierno Regional, quien lo presidirá, los Rectores de las Universidades con sede principal en la Región, el Presidente de la Cámara de Comercio más antigua de la Región, los Alcaldes provinciales de las tres provincias más pobladas de la Región y un representante de los Colegios Profesionales de la Región. El Comité designará a una Secretaría Técnica quien tendrá la responsabilidad de viabilizar los acuerdos del Comité.

En cuanto a su financiamiento, el Comité de Gestión del Sistema Regional de Innovación, coordinará el uso de los recursos asignados por el Ministerio de Economía y Finanzas a cada una de las instituciones públicas miembros del Sistema para financiar actividades de investigación, desarrollo e innovación, de acuerdo con sus competencias y las normas de ejecución de gastos. Por lo tanto, la presente Ley no irrogará gasto adicional al Estado.

Las entidades privadas miembros del Sistema Regional de Innovación podrán cofinanciar actividades de investigación, desarrollo e innovación, de conformidad con las normas que regulan la materia.

Finalmente, los Sistemas Regionales de Innovación formaran parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) a cargo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), el cual deberá prestar apoyo técnico para la implementación de los Programas Regionales de Ciencia, Tecnología e Innovación, y de las demás actividades que  hayan sido aprobadas por los Comités de Gestión regionales.

El CONCYTEC deberá prestar el apoyo técnico a los Comités de Gestión regionales para que sus Agendas Regionales de Innovación estén articuladas con el Plan Nacional y los Programas Nacionales de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica.