El Ministerio de Economía y Finanzas publicó ayer el Decreto Supremo N.° 068-2022-EF, que modifica el Nuevo Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), cumpliendo con el acuerdo de la mesa de diálogo realizada en Huancayo.

 

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Con el objetivo de mitigar el impacto del alza internacional de los precios de los combustibles derivados del petróleo, el Poder Ejecutivo incluyó a las gasolinas de 84 y 90 octanos, al gasohol de 84 octanos y al GLP a granel en el Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles (FEPC). La medida se dio a través del Decreto Supremo N.° 002-2022-EM promulgado el pasado 28 de marzo.

 

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Decreto Supremo establece que gasolinas de 84 y 90, gasohol de 84, Diesel 2 y GLP a granel ingresan al Fondo de Estabilización de los Precios de los Combustibles para frenar su incremento

Ante el reciente incremento de los precios internacionales del petróleo y sus derivados, que afectan a los usuarios locales, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) anunció que ha dispuesto una serie de medidas técnicas con la finalidad de mitigar el impacto de este combustible en el costo pagado por el consumidor final.

 

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