“intersecta”
En el diario oficial El Peruano, en el Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, “Decreto Supremo N° 019-2020-EM”, del 29 de julio de 2020, se lee en el artículo 21:
b) Agua artesiana: Si la perforación corta o intersecta un acuífero confinado artesiano la obturación se realiza antes de retirar el equipo de perforación para que el operador pueda bombear el material sellador necesario hacia el orificio a través de la tubería de perforación. Para la obturación, se usarán materiales capaces de contener el flujo, tales como cemento o bentonita.