Montos transferidos por canon minero aumentaron 34% en 2011 al llegar a S/. 4,254 millones

En el año 2011, las transferencias de Canon Minero ascienden a S/. 4,254 millones de soles, monto que significa un aumento de 34% en relación a lo transferido en el año 2010, informó el Ministerio de Economía y Finanzas.
Los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades públicas más beneficiados con estos recursos son los correspondientes a los departamentos de Ancash, Arequipa, La Libertad, Cajamarca, Moquegua, Tacna y Puno, que concentran el 80% de este recurso.

La Resolución Ministerial N° 450-2011-EF/15 que, precisamente, aprueba los Índices de Distribución del Canon Minero que se harán efectivas en el 2011, correspondiente a la recaudación del Ejercicio Fiscal 2010 , será publicada mañana.

El Canon Minero es la participación a que tienen derecho los gobiernos regionales, los gobiernos locales y universidades públicas sobre los ingresos y rentas que obtiene el Estado por la explotación de los recursos mineros en determinadas jurisdicciones departamentales.

Los índices de distribución de dicho recurso son elaborados de acuerdo a los criterios y porcentajes establecidos en la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, y sus normas complementarias, así como información remitida por el Ministerio de Energía y Minas, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, el Ministerio de la Producción, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público.

En la distribución a nivel de departamentos se observa mayores incrementos por concepto de Canon Minero en las zonas donde se encuentran las principales empresas productoras de minerales del país como Ancash, Arequipa, La Libertad, Cajamarca, Moquegua, Tacna y Puno.

Este comportamiento se debió, principalmente, a la recuperación de los precios internacionales de los minerales, lo cual a su vez generó una mayor recaudación del Impuesto a la Renta pagado por las empresas mineras y, por tanto, mayor Canon Minero.

En el marco de lo dispuesto en la 73ª Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público 2011, los recursos del canon deben ser destinados a financiar o cofinanciar proyectos de inversión pública; mantener la infraestructura de impacto regional y local, priorizando infraestructura básica; o elaborar perfiles de los proyectos de inversión pública que se enmarquen en los respectivos planes de desarrollo concertados.

Los indicados recursos estarán a disposición de las respectivas Unidades Ejecutoras de los gobiernos regionales, universidades públicas así como de los gobiernos locales beneficiarios a través de las  “Asignaciones Financieras”  autorizadas por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a través del SIAF-SP para su utilización conforme a Ley.

Andina.