La utilización y uso del Espacio aéreo integran el patrimonio económico de la Nación
Doctrina peruana de Derecho aéreo considera que lo que produce el Espacio aéreo peruano debe ingresar a la economía del Perú y no a la de Colombia y Chile- Brasil.
En este Edificio histórico, sede del Ministerio de Transportes del 5 al 29 de agosto de 1983, trabajó la Comisión de Juristas Expertos en Derecho Aéreo nombrados por el Presidente Fernando Belaunde Terry por R.S 0080-83-TC, que presidiera Julián Palacin Fernández e integraran Alfredo Gildemeister Martínez (+), Guillermo Velaochaga Miranda (+) y Gonzalo Torres Hernández, que prepararon el primer Documento histórico que tuvo el Perú en Política aérea y que sirviera para encarar con éxito las negociaciones del Convenio Aéreo con los Estados Unidos de Norteamérica.
(Aeronoticias) El primer documento de Política aérea internacional que tuvo el Perú en su historia, de conformidad a la Resolución Suprema 0080-83-TC, firmada por el Presidente de la República del Perú, Fernando Belaunde Terry el 5 de agosto de 1983 consideraba en el Artículo 21: del Espacio aéreo como patrimonio económico de la Nación y decía que la utilización y uso del espacio aéreo integran el patrimonio económico de la Nación.